El rol supervisor de las veedurías en la contratación pública
LAS BUENAS PRÁCTICAS EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA: LA CONSTRUCCIÓN DESDE EL EMPODERAMIENTO DE LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS.
Por: Andrés Redin M.
Socio –Estudio 10 ConsultoresExcelencia C. Ltda.
El sistema nacional de contratación pública es el articulador entre las fuentes y usos de los recursos públicos circunscritos a las compras que realiza el Estado anualmente. Las veedurías ciudadanas son la expresión plena del derecho de participación activa de la sociedad civil en la vigilancia de los procedimientos de compras públicas llevados a cabo por las entidades contratantes en la administración pública.
Las veedurías ciudadanas u observatorios constituidos sobre la base de la voluntad explícita y formal de colectivos civiles (profesionales, cámaras de comercio, asociaciones o gremios, ONG’s, universidades, etc.) fundamentan su accionar en base a principios de: i) conocimiento técnico; y, ii) neutralidad política y ausencia de intereses particulares. De esta manera, aportan y cooperan estrechamente para el cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Contratación Pública y permiten la formulación de políticas, lineamientos y criterios de gestión de los procedimientos en el marco de las buenas prácticas.
En complementariedad a las atribuciones y competencias del órgano rector de la contratación pública –SERCOP- las veedurías ciudadanas u observatorios requieren (a más de la voluntad, conocimiento técnico, entre otros) empoderarse del proceso de supervisión a través de herramientas que generen valor agregado a su accionar. Es imperativo contar con sistemas orientados al seguimiento permanente de los procedimientos de contratación pública que llevan a cabo las entidades contratantes. Estas herramientas emergen de tres contextos: i) entendimiento del proceso de contratación pública realizado por la entidad, ii) Acceso a información pública de los expedientes de los procesos de contratación; y, iii) Sistemas de procesamiento de datos.
Los riesgos asociados o que se desprenden de las prácticas de contratación pública requieren ser manejados y mitigados con mecanismos o instrumentos de control y supervisión que incentiven y verifiquen el cumplimiento de las mejores prácticas apegadas a los principios de legalidad, trato justo, igualdad trasparencia, calidad, publicidad, etc. Por otro lado, garantizar la calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo; la ejecución plena de los contratos y la aplicación efectiva de las normas contractuales; y, la transparencia y evitar la discrecionalidad en la contratación pública, son objetivos que necesariamente se han de perseguir a partir de la observancia de los principios de legalidad, trato justo, igualdad, oportunidad, concurrencia y transparencia que establece la Ley.
La conformación de veedurías tienen el gran desafío de innovar y adoptar sistemas de monitoreo eficientes y eficaces para el fortalecimiento de los sistemas nacionales de contratación pública. Solo así, las actividades de supervisión, control y monitoreo de las contrataciones realizadas por las entidades del Estado rescatarán la importancia de su participación como actores fundamentales del sistema de compras públicas. Su participación y aporte permiten perfeccionar el control social sobre el gasto que realizan las entidades contratantes; agudizar la revisión de la normativa vigente que pudieran evidenciar la inobservancia de esta o la existencia de debilidades que pudieran afectar la exitosa conclusión del procedimiento.
El planteamiento de supervisión, monitoreo y control desde los colectivos sociales –veedurías- demanda de una iniciativa fortalecida y que pueda presentarse con fundamentos técnicos y eficientes para que no caigan en la simpleza del juicio de valor y de percepción de las prácticas de contratación que se generan desde los sistemas nacionales de contratación pública.